miércoles, 21 de octubre de 2009

INCREMENTO EN EL PERMISO DE PATERNIDAD

Prestación por paternidad

INCREMENTO EN EL PERMISO DE PATERNIDAD
MS 4576
MSAL 3097
MSS 2492

ET art.48 bis modif L 9/2009 art.1, BOE 7-10-09;
LO 3/2007 disp.trans.9ª suprimida L 9/2009 art.3, BOE 7-10-09
A partir del 1-1-2011 la duración del permiso de paternidad será de 4 semanas ininterrumpidas
En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, el trabajador tendrá derecho, a partir del 1-1-2011, a la suspensión del contrato durante 4 semanas ininterrumpidas, ampliables en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples en 2 días más por cada hijo a partir del segundo. Actualmente la duración del permiso de paternidad es de 13 días ininterrumpidos, igualmente ampliables en dos días por cada hijo a partir del segundo.

Al efecto, queda suprimida la disposición que recogía la ampliación del permiso de paternidad de forma progresiva y gradual, hasta alcanzar el objetivo de 4 semanas a los 6 años del 24-3-2007 (entrada en vigor de la LO 3/2007).
Publicado en la pagina de la sección sindical de UGT CAC

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